Becas para estudiantes de ciclos formativos
En el CETT promovemos el talento y la excelencia académica. Por ello, ofrecemos diversas becas para estudiantes de nuevo acceso y de continuidad en ciclos formativos y grados universitarios.
- Beca Talent: dirigida a estudiantes que inician su formación en turismo, hotelería o gastronomía, premiando el esfuerzo académico y facilitando el acceso a estudios superiores.
- Becas de continuidad: diseñadas para estudiantes que ya forman parte del CETT, incluyendo ayudas para la continuación de estudios, movilidad internacional y colaboración en investigación o prácticas profesionales.
Nuestro objetivo es apoyar al alumnado en su desarrollo académico y profesional, garantizando igualdad de oportunidades en un entorno educativo de calidad.
Becas para estudiantes de nuevo acceso de ciclos formativos
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Beca Talent para formación profesional en cocina y gastronomía y grados universitarios 2026/2027
1.1. Objeto
El objeto de esta beca es fomentar y reconocer el talento de personas con necesidades económicas que quieran iniciar sus estudios en el ámbito del turismo, la hotelería o la gastronomía.
1.2. Destinatarios
Esta convocatoria se dirige a estudiantes de ESO, bachillerato o ciclos formativos que deseen iniciar en el CETT estudios de formación profesional en Cocina y Gastronomía o estudios de grado universitario.
1.3. Requisitos
1.3.1. Para estudiantes que deseen cursar un ciclo formativo de grado medio
- En el caso de estudiantes procedentes de ESO, tener una nota media del expediente igual o superior a 7,5.
- Haber formalizado la reserva de plaza o la matrícula de los estudios en el CETT para el curso académico correspondiente.
1.3.2. Para estudiantes que deseen cursar un ciclo formativo de grado superior
- En el caso de estudiantes procedentes de bachillerato, tener una nota media del expediente de bachillerato igual o superior a 7,5.
- En el caso de estudiantes procedentes de un ciclo formativo, tener una nota media del expediente del ciclo formativo igual o superior a 7,5.
- Haber formalizado la reserva de plaza o la matrícula de los estudios en el CETT para el curso académico correspondiente.
1.3.3. Para estudiantes que deseen cursar un grado universitario
- Haber solicitado en primera preferencia uno de los grados universitarios de la EUHT CETT-UB en la primera convocatoria de la preinscripción universitaria (junio de 2026) y tener una nota media del expediente de bachillerato o ciclo formativo de grado superior igual o superior a 7,5.
1.3.4. Requisito común para todos los estudiantes solicitantes
- No haber sido beneficiario/a de ninguna otra beca o descuento del CETT.
Las becas y descuentos del CETT no son acumulables, excepto el descuento por pago al contado. En caso de que el estudiante cumpla los requisitos para acceder a más de una beca o descuento, se aplicará únicamente la opción más beneficiosa.
1.4. Número de becas
Se convocan un total de 20 becas para los estudiantes matriculados en el primer curso de las siguientes formaciones:
CICLOS FORMATIVOS
FORMACIÓN NÚMERO DE BECAS CFGM en Cocina, Gastronomía y Servicios de Restauración / CFGM en Cocina, Gastronomía y Pastelería (título propio CETT) 2 becas en total CFGS en Dirección de Cocina 2 becas CFGS en Dirección de Servicios 1 beca CFGS en Dietética 1 beca GRADOS UNIVERSITARIOS
FORMACIÓN NÚMERO DE BECAS Grado Universitario en Turismo 3 becas Grado Universitario en Ciencias Culinarias y Gastronómicas 2 becas Grado Universitario en Negocio Digital e Innovación Turística 1 beca Grado Universitario en Dirección Hotelera Internacional 3 becas Grado Universitario en Marketing, Eventos y Entretenimiento 3 becas Doble Grado en Turismo y Negocio Digital e Innovación 1 beca Grado Universitario Abierto 1 beca 1.5. Dotación económica
FORMACIÓN DOTACIÓN ECONÓMICA POR BECA Ciclos Formativos 25% del importe de las cuotas del curso.
Conceptos excluidos: matrícula, comedor y material.
Grados Universitarios 25% del importe de las cuotas del curso.
Conceptos excluidos: matrícula, tasas de la UB y material.
Sobre el importe de la beca se aplicará una retención del 2% según la Ley 40/1998 del IRPF*.
*La LIRPF califica las becas como rendimientos del trabajo. En consecuencia, las becas que no estén amparadas por la exención prevista en el artículo 7.j) de la LIRPF (EDL 2006/298871) tendrán la consideración de rendimientos del trabajo, de acuerdo con el artículo 17.2.h) de la LIRPF y, como tales, estarán sujetas a retención a cuenta del IRPF. El cálculo de la retención se efectuará de acuerdo con el procedimiento general establecido en los artículos 80 y siguientes del RIRPF.
1.6. Criterios de valoración
Para la adjudicación de las becas se valorarán los siguientes aspectos:
- El mejor expediente académico.
- La situación económica y familiar (para su valoración, se tomará como referencia el umbral 3 de la renta de la unidad familiar establecido por la Beca General de la Generalitat o del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes).
- El currículum vitae.
- Los motivos expuestos en el apartado de observaciones de la solicitud.
1.7. Documentación a presentar
La documentación que debe aportarse para optar a esta beca es la siguiente:
- Certificado académico acreditativo de la nota media correspondiente.
- Comprobante de la preinscripción universitaria en el que conste la solicitud en primera preferencia, en el caso de estudiantes que deseen acceder a un grado universitario.
- Copia de la reserva o matrícula, que será incorporada de oficio por la Secretaría Académica del CETT, si el estudiante desea cursar un ciclo formativo.
- Declaración de la renta y patrimonio correspondientes al último ejercicio de todas las personas miembros computables de la unidad familiar obligadas a presentarla.
- En caso de no tener obligación de presentar la declaración de la renta, certificado acreditativo correspondiente y justificante de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar.
- En el caso de personas trabajadoras autónomas, justificante de alta de autónomos y el último recibo de la cuota de autónomos.
- Currículum vitae actualizado.
- Si procede, documentación acreditativa de la situación familiar o personal que se quiera hacer constar (pensiones alimenticias, pensión de viudedad, orfandad, contrato o recibos de alquiler de vivienda, certificado de discapacidad, entre otros).
1.8. Presentación de las solicitudes
La solicitud deberá presentarse mediante este formulario en línea.
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El plazo de presentación de solicitudes será del 17 de junio al 21 de julio de 2026.
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En caso de que no se agote la dotación prevista, se podrá abrir una segunda convocatoria del 2 al 6 de septiembre de 2026.
Una vez presentada la solicitud, la Comisión de Becas podrá requerir, si lo considera necesario, documentación adicional o la realización de una entrevista en línea para ampliar la información aportada.
La presentación de documentación incompleta, incorrecta o no acreditativa de los requisitos exigidos podrá comportar la denegación de la solicitud.
1.9. Resolución
La Comisión de Becas será el órgano encargado de valorar las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria.
La resolución se comunicará individualmente a los solicitantes por correo electrónico por parte de la Secretaría Académica, en un plazo máximo de 15 días a contar desde el cierre de la convocatoria.
La beca se hará efectiva siempre que se haya formalizado la matrícula para el curso 2026/2027 en las fechas establecidas.
En caso de que en alguna titulación no haya candidaturas que cumplan los requisitos o que alcancen la puntuación mínima establecida, el CETT se reserva el derecho de declarar la beca desierta o de redistribuirla entre otras titulaciones incluidas en esta convocatoria.
El importe total de la beca, una vez deducido el 2% correspondiente según la normativa fiscal vigente, se aplicará sobre el pago único o sobre las cuotas establecidas, según la modalidad de pago elegida por el estudiante.
1.10. Renovación de la beca para estudiantes de cursos anteriores
La beca concedida podrá renovarse hasta la finalización de los estudios que esté cursando el estudiante, siempre que mantenga las condiciones económicas y académicas (haber superado la totalidad de los créditos o asignaturas matriculados el curso anterior y acreditar una nota media del expediente igual o superior a 7,5) que le permitieron obtenerla.
La solicitud deberá presentarse mediante este formulario en línea.
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El plazo de presentación de solicitudes será del 11 al 25 de junio de 2026.
Becas para estudiantes de continuidad para ciclos formativos
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Beca de estudios
1.1. Objeto
Facilitar la continuidad de los estudios en el ámbito del turismo, la hotelería y la gastronomía a los estudiantes del CETT con dificultades económicas que demuestren interés y capacidad tanto en la vertiente académica como en la profesional.
1.2. Destinatarios
Esta convocatoria se dirige a los estudiantes que durante el curso 2026/2027 cursen segundo curso o cursos superiores de los ciclos formativos de la Escuela Técnica Profesional, así como de los grados universitarios y cursos de extensión universitaria, de la Escuela Universitaria de Hotelería y Turismo CETT-UB.
1.3. Requisitos
Para optar a esta beca es necesario:
- Haber superado todas las asignaturas del curso actual hasta la fecha de cierre de la convocatoria.
- Haber solicitado para el curso 2026/2027 la Beca General del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes o de la Generalitat de Catalunya.
- Acreditar la situación económica y familiar, tomando como referencia el umbral 3 de renta de la unidad familiar establecido por la Beca General de la Generalitat o del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
- No haber sido beneficiario/a de ninguna otra beca o descuento del CETT.
Las becas y descuentos del CETT no son acumulables, excepto el descuento por pago al contado. En caso de que el estudiante cumpla los requisitos para acceder a más de una beca o descuento, se aplicará únicamente la opción más beneficiosa.
1.4. Dotación económica
Los importes de las becas de estudios son:
a) 1.290 €
b) 2.550 €
Sobre el importe de la beca se aplicará una retención del 2% según la Ley 40/1998 del IRPF*.
*La LIRPF califica las becas como rendimientos del trabajo. En consecuencia, las becas que no estén amparadas por la exención prevista en el artículo 7.j) de la LIRPF (EDL 2006/298871) tendrán la consideración de rendimientos del trabajo, de acuerdo con el artículo 17.2.h) de la LIRPF y, como tales, estarán sujetas a retención a cuenta del IRPF. El cálculo de la retención se efectuará de acuerdo con el procedimiento general establecido en los artículos 80 y siguientes del RIRPF.
1.5. Criterios de valoración
Para la adjudicación de las becas se valorarán los siguientes aspectos:
- La situación económica y familiar (se tomará como referencia el umbral 3 de renta de la unidad familiar establecido por la Beca General de la Generalitat o del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes).
- El expediente académico.
- El curso en el que está matriculado el estudiante.
- Haber obtenido el curso anterior la Beca General del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
- La formación y experiencia práctica acreditadas.
- El interés y el grado de motivación por los estudios y la profesión.
- Los motivos expuestos en el apartado de observaciones de la solicitud.
1.6. Documentación a presentar
La documentación que debe aportarse para optar a esta beca es la siguiente:
- Currículum vitae actualizado.
- Declaración de la renta y patrimonio correspondientes al último ejercicio de todas las personas miembros computables de la unidad familiar obligadas a presentarla.
- En caso de no tener obligación de presentar la declaración de la renta, certificado acreditativo correspondiente y justificante de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar.
- En el caso de personas trabajadoras autónomas, justificante de alta de autónomos y el último recibo de la cuota de autónomos.
- Si procede, documentación acreditativa de la situación familiar o personal que se quiera hacer constar (pensiones alimenticias, pensión de viudedad, orfandad, contrato o recibos de alquiler de vivienda, certificado de discapacidad, entre otros).
- El expediente académico del estudiante será incorporado de oficio a la solicitud por la Secretaría Académica.
1.7. Presentación de las solicitudes
La solicitud deberá presentarse mediante este formulario en línea.
El plazo de presentación de solicitudes será del 11 al 22 de junio de 2026.
Una vez presentada la solicitud, la Comisión de Becas podrá requerir, si lo considera necesario, documentación adicional o la realización de una entrevista en línea para ampliar la información aportada.
La presentación de documentación incompleta, incorrecta o no acreditativa de los requisitos exigidos podrá comportar la denegación de la solicitud.
1.8. Resolución
La Comisión de Becas, formada por miembros de Barcelona Turisme, Ayuntamiento de Barcelona y del CETT (Dirección Económico-Financiera, Career Services y Gestión de Becas), será el órgano encargado de valorar las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria.
La resolución se comunicará individualmente a los solicitantes por correo electrónico por parte de la Secretaría Académica, entre el 1 y el 2 de julio.
El importe total de la beca, una vez deducido el 2% correspondiente según la normativa fiscal vigente, se aplicará sobre el pago único o sobre las cuotas establecidas, según la modalidad de pago elegida por el estudiante.
Contra la resolución, el estudiante podrá presentar una solicitud de revisión ante la Comisión de Becas en el plazo máximo de 8 días a contar desde su notificación, mediante el correo electrónico [email protected]. Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán admitidas.
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Renovación Beca Talent para estudiantes de cursos anteriores
La beca concedida podrá renovarse hasta la finalización de los estudios que esté cursando el estudiante, siempre que mantenga las condiciones económicas y académicas (haber superado la totalidad de los créditos o asignaturas matriculados el curso anterior y acreditar una nota media del expediente igual o superior a 7,5) que le permitieron obtenerla.
La solicitud deberá presentarse mediante este formulario en línea.
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El plazo de presentación de solicitudes será del 11 al 25 de junio de 2026.
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Beca de colaboración para prácticas e investigación
Curso 2026/2027
1.Objeto:
Facilitar el acceso a la formación turística a los estudiantes del CETT-UB de cualquiera de las formaciones oficiales (ciclos formativos, grados, másters universitarios), realizando tareas de colaboración en los diferentes departamentos o unidades de negocio del Grupo CETT.
2. Destinatarios:
Alumnos tanto de ciclos formativos como de grado y másters universitarios del CETT-UB.
3. Requisitos:
- Estar matriculado/da en alguna de las formaciones oficiales de la EHT o de la EUHT CETT-UB durante el curso académico de colaboración de la beca.
- No estar en posesión de ninguna titulación académica equivalente a ciclo formativo, grado o máster universitario.
4. Número de becas y dotación económica:
A partir del 15 de setiembre y a lo largo del curso académico el departamento de Career Services publica las convocatorias vinculadas a los diferentes departamentos y unidades de negocio del Grupo CETT, a través del Campus Virtual. En el momento de la publicación de cada una de les convocatorias se especificará: departamento que convoca la plaza, requisitos de los candidatos, condiciones (período y horario de la colaboración) y cuantía de la beca.
¿Necesitas más información?
Si aún tienes dudas, contacta con nosotros y una persona de nuestro equipo de Orientación al Futuro Estudiante se pondrá en contacto contigo para resolver tus preguntas.