Becas para estudiantes de másteres y postgrados

Becas para estudiantes de másteres y postgrados

En CETT, apoyamos la excelencia académica y el desarrollo del talento a través de becas para nuevos estudiantes y para la continuidad en estudios de postgrado.

Las Becas Talent de Nuevo Acceso premian el rendimiento académico destacado, mientras que las Becas para estudiantes del CETT ofrecen ayudas para la continuidad de estudios, movilidad, prácticas e investigación.

Nuestro objetivo es garantizar la igualdad de oportunidades y el crecimiento profesional en turismo, hotelería y gastronomía.

Becas para estudiantes de nuevo acceso

  • Beca de la Fundación Familia Torres para el Diploma Superior Universitario en Sumillería y el Máster de Formación Permanente en Sumillería

    1.1. Objeto

    Identificar y atraer talento joven motivado para desarrollar su carrera profesional en el ámbito de la Sumillería.

    1.2. Destinatarios

    Graduados de Ciclo Formativo de Grado Superior en el ámbito de la Restauración, graduados en Turismo, graduados en Ciencias Culinarias y Gastronómicas que quieran continuar su formación en la especialización de Sumillería y profesionales en activo, que quieran ampliar sus conocimientos en sumillería.

    1.3. Requisitos

    Para optar a esta beca es necesario:

    • Disponer de la titulación requerida para acceder a la formación o acreditar experiencia profesional relacionada con el ámbito de estudio.
    • Haber sido admitido/a en el Diploma Superior Universitario en Sumillería o en el Máster de Formación Permanente en Sumillería para el curso 2026/2027.
    • Haber abonado el importe correspondiente a la reserva de plaza.
    • No haber sido beneficiario/a de ninguna otra beca o descuento del CETT aplicable a esta formación.

    1.4. Dotación económica

    Se convoca una beca para la totalidad de los dos cursos académicos del Diploma Superior Universitario en Sumillería o del Máster de Formación Permanente en Sumillería, correspondientes a los cursos 2026/2027 (primer curso) y 2027/2028 (segundo curso), con una dotación económica total de 8.750 €.

    Si el estudiante becado cursará el Diploma Superior Universitario en Sumillería

    La beca no incluye el importe de las tasas universitarias correspondientes a los dos cursos académicos, que deberán ser abonadas íntegramente por el estudiante.

    En caso de concesión de la beca, el importe correspondiente a la reserva de plaza del primer curso se destinará a:

    • el pago de las tasas académicas del primer curso, y
    • a la retención del 2 %, aplicable sobre el importe total de la beca, de acuerdo con lo establecido en la Ley 40/1998 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y la normativa que la desarrolla.(*)

    Al formalizar la matrícula del segundo curso, el estudiante deberá abonar el importe correspondiente a las tasas universitarias: 595 €.

    Si el estudiante becado cursará el Máster de Formación Permanente en Sumillería

    La beca no incluye el importe de las tasas universitarias correspondientes a los dos cursos académicos, que deberán ser abonadas íntegramente por el estudiante.

    En caso de concesión de la beca, el importe correspondiente a la reserva de plaza del primer curso se destinará a:

    • el pago de las tasas académicas del primer curso, y
    • a la retención del 2 %, aplicable sobre el importe total de la beca, de acuerdo con lo establecido en la Ley 40/1998 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y la normativa que la desarrolla.(*)

    Al formalizar la matrícula del segundo curso, el estudiante deberá abonar:

    • 678,4 € en concepto de tasas universitarias.
    • 1.390 € correspondientes al importe restante del curso.

    (*) A efectos fiscales, la LIRPF califica las becas como rendimientos del trabajo. En consecuencia, las becas que no estén amparadas por la exención prevista en el artículo 7.j) de la LIRPF (EDL 2006/298871) tendrán la consideración de rendimientos del trabajo, de acuerdo con el artículo 17.2.h) de la LIRPF y, como tales, estarán sujetas a retención a cuenta del IRPF. El cálculo de la retención se efectuará de acuerdo con el procedimiento general establecido en los artículos 80 y siguientes del RIRPF.

    1.5. Criterios de valoración

    Para la adjudicación de las becas se valorarán los siguientes aspectos:

    • el expediente académico, cuando sea aplicable,
    • la situación económica y familiar (para su valoración, se tomará como referencia el umbral 3 de la renta de la unidad familiar establecido por la Beca General de la Generalitat o del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes),
    • el currículum vitae,
    • y los motivos expuestos en el apartado de observaciones de la solicitud.

    1.6. Documentación a presentar

    La documentación que debe aportarse para optar a esta beca es la siguiente:

    • Currículum Vitae actualizado.
    • Expediente académico, cuando sea aplicable.
    • Declaración de la renta y patrimonio correspondientes al último ejercicio de todas las personas miembros computables de la unidad familiar obligadas a presentarla.
    • En caso de no tener obligación de presentar la declaración de la renta, certificado acreditativo correspondiente y justificante de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar.
    • En el caso de personas trabajadoras autónomas, el justificante de alta como autónomo y el último recibo de la cuota de autónomos.
    • Si procede, documentación acreditativa de la situación familiar o personal que se quiera hacer constar (pensiones alimenticias, pensión de viudedad, orfandad, contrato o recibos de alquiler de vivienda, certificado de discapacidad, entre otros).

    1.7. Presentación de las solicitudes

    La solicitud deberá presentarse mediante este formulario en línea.

    El plazo de presentación de solicitudes será del 18 de junio al 24 de julio de 2026.

    Una vez presentada la solicitud, la Comisión de Becas podrá requerir, si lo considera necesario, documentación adicional o la realización de una entrevista en línea para ampliar la información aportada.

    La presentación de documentación incompleta, incorrecta o que no acredite los requisitos exigidos podrá comportar la denegación de la solicitud.

    1.8. Resolución

    La Comisión de Becas, formada por miembros de la Fundación Torres y del CETT (Dirección de la Escuela Técnica Profesional y Dirección de Administración y Finanzas), será el órgano encargado de valorar las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria.

    La resolución se comunicará individualmente a los solicitantes por correo electrónico por parte de la Secretaría Académica, el 30 de julio de 2026.

Becas para estudiantes de nuevo acceso de másteres

  • Beca Talent de nuevo acceso para másteres universitarios

    1.1. Objeto

    Fomentar y reconocer la excelencia académica de estudiantes con nacionalidad de un país de la Unión Europea o de Latinoamérica que accedan a un programa de máster del CETT.

    1.2. Destinatarios

    Titulados/as universitarios con nacionalidad de un país de la Unión Europea o de Latinoamérica que accedan a un programa de máster del CETT.

    1.3. Requisitos

    • Tener nacionalidad de uno de los países de la Unión Europea o de Latinoamérica.
    • Acreditar una nota media igual o superior a 7,5 en los estudios universitarios oficiales de grado o equivalente que den acceso al máster.
    • Estar admitido/a en uno de los másteres que ofrece la EUHT CETT-UB para el curso objeto de la convocatoria.
    • No ser ni haber sido estudiante del CETT con anterioridad.
    • No haber sido beneficiario/a de ninguna otra beca o descuento del CETT para el curso académico 2026/2027.

    Las becas y descuentos del CETT no son acumulables. En caso de cumplir los requisitos para más de una beca o descuento, se aplicará aquel que resulte más beneficioso para el/la estudiante. El descuento por pago al contado o en dos plazos es compatible con esta beca.

    1.4. Dotación económica

    El importe de las becas dependerá del máster a cursar.

    FORMACIÓN MODALIDAD IMPORTE BECA
    Máster Universitario en Dirección Hotelera y de Restauración    
    Dirección Hotelera Presencial 2.800 €
    Hotel Management Presencial 3.175 €
    Dirección de Restauración Presencial 2.250 €
    Food & Beverage Management Presencial 2.250 €
    Máster Universitario en Dirección de Empresas Turísticas Presencial 2.250 €
    Máster Universitario en Dirección de Eventos Presencial 2.250 €
    Máster Universitario en Innovación en la Gestión Turística Presencial 1.850 €
    Máster Universitario en Emprendimiento y Creación de Proyectos(Máster Universitario en Desarrollo y Lanzamiento de Proyectos Turísticos) Presencial 2.250 €
    Máster de Formación Permanente en Revenue Management, Marketing Digital y Social Media Online 1.300 €
    Máster de Formación Permanente en Sumillería Presencial 1.100 €
    Máster de Formación Permanente en Nutrición Culinaria Presencial 2.800 €

    Sobre el importe de la beca se aplicará una retención del 2% según la Ley 40/1998 del IRPF.*

    *La LIRPF califica las becas como rendimientos del trabajo. En consecuencia, las becas que no estén amparadas por la exención prevista en el artículo 7.j) de la LIRPF (EDL 2006/298871) tendrán la consideración de rendimientos del trabajo, de acuerdo con el artículo 17.2.h) de la LIRPF y, como tales, estarán sujetas a retención a cuenta del IRPF. El cálculo de la retención se efectuará de acuerdo con el procedimiento general establecido en los artículos 80 y siguientes del RIRPF.

    1.5. Criterios de valoración

    Para la adjudicación de las becas se valorarán los siguientes aspectos:

    • el expediente académico
    • el currículum vitae
    • y la carta de motivación

    1.6. Documentación que se debe presentar

    En el formulario de solicitud de beca se deberá adjuntar la documentación requerida, que deberá presentarse en catalán, castellano o inglés:

    • Certificado con la nota media de los estudios de Grado Universitario o equivalente, que den acceso al Máster.
    • En el caso de haber cursado estudios en el extranjero, será imprescindible adjuntar el documento de equivalencia de nota media a la escala de calificaciones de las universidades españolas. Este trámite deberá realizarse a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
    • Currículum vitae actualizado.
    • Carta de motivación.

    El CETT se reserva el derecho de verificar en cualquier momento la veracidad de la documentación y la información aportadas por la persona solicitante.

    1.7. Presentación de las solicitudes

    La solicitud deberá presentarse mediante este formulario en línea.

    • El plazo de presentación de solicitudes será del 30 de marzo al 30 de septiembre de 2026.
    • Las solicitudes presentadas del 23 de julio al 31 de agosto se tramitarán a partir del 8 de septiembre de 2026.

    Una vez presentada la solicitud, la Comisión de Becas podrá requerir, si lo considera necesario, documentación adicional o la realización de una entrevista en línea para ampliar la información aportada.

    La presentación de documentación incompleta, incorrecta o que no acredite los requisitos exigidos podrá comportar la denegación de la solicitud.
     

    1.8. Resolución de las solicitudes de beca

    La Comisión de Becas, formada por miembros del equipo del CETT, será el órgano encargado de valorar las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria.

    Las solicitudes se revisarán mediante cortes quincenales durante el período de la convocatoria. La resolución de la beca se comunicará individualmente a los solicitantes por correo electrónico en un plazo máximo de 15 días naturales desde la fecha de presentación de la solicitud.

    Una vez concedida la beca, la persona beneficiaria dispondrá de 15 días naturales para efectuar el pago de la reserva del curso en el que haya sido admitida.

    La matrícula y las tasas de la Universidad de Barcelona deberán abonarse antes del inicio del curso académico, de acuerdo con los plazos establecidos por la universidad.

    El importe total de la beca, una vez deducido el 2% correspondiente según la normativa fiscal vigente, se aplicará sobre el pago único o sobre las cuotas establecidas, según la modalidad de pago escogida por el estudiante.

  • Beca para graduados/as y diplomados/as del CETT

    Beca para estudios de postgrado (másteres, posgrados y cursos de extensión universitaria) 2026/2027 para graduados/as y diplomados/as CETT

    Convencidos de la importancia de la formación del sector para afrontar el futuro, convocamos estas becas extraordinarias dirigidas a graduados y diplomados del CETT.

    1.1. Objeto

    Facilitar la continuidad de los estudios en el ámbito del turismo, la hotelería y la gastronomía a graduados/as y diplomados/as del CETT que demuestren interés y capacidad tanto en la vertiente académica como profesional.

    1.2. Destinatarios

    Graduados/as y diplomados/as del CETT

    1.3. Requisitos

    • Estar admitido/a en uno de los cursos de máster, posgrado o cursos de extensión universitaria que ofrece la EUHT CETT-UB.
    • Para acceder a estas becas, será necesario que el/la estudiante forme parte de CETT Alumni Premium. Consulta aquí cómo hacerlo.
    • No haber sido beneficiario/a de ninguna otra beca o descuento del CETT para el mismo curso académico.

    Las becas y descuentos del CETT no son acumulables. En caso de cumplir los requisitos para más de una beca o descuento, se aplicará aquel que resulte más beneficioso para el/la estudiante. El descuento por pago al contado o en dos plazos es compatible con la beca.

    1.4. Dotación económica

    El importe de las becas dependerá de la formación a cursar:

    FORMACIÓN MODALIDAD IMPORTE BECA
    Máster Universitario en Dirección Hotelera y de Restauración – Dirección Hotelera Presencial 3.400 €
    Máster Universitario en Dirección Hotelera y de Restauración – Hotel Management Presencial 3.900 €
    Máster Universitario en Dirección Hotelera y de Restauración – Dirección de Restauración Presencial 2.650 €
    Máster Universitario en Dirección Hotelera y de Restauración – Food & Beverage Management Presencial 2.650 €
    Máster Universitario en Dirección de Empresas Turísticas Presencial 3.000 €
    Máster Universitario en Dirección de Eventos Presencial 3.000 €
    Máster Universitario en Innovación en la Gestión Turística Presencial 2.000 €
    Máster Universitario en Emprendimiento y Creación de Proyectos 
    (Desarrollo y Lanzamiento de Proyectos Turísticos)
    Presencial 3.000 €
    Máster de Formación Permanente en Revenue Management, Marketing Digital y Social Media Online 1.500 €
    Máster de Formación Permanente en Sumillería Presencial 1.500 €
    Máster de Formación Permanente en Nutrición Culinaria Presencial 3.000 €
    Diploma Superior Universitario en Sumiller Presencial 1.250 €
    Diploma Superior Universitario en Chef Profesional Presencial 2.650 €
    Diploma Superior Universitario en Chef Ejecutivo Presencial 1.500 €
    Diploma Superior Universitario en Pastelería Gastronómica Semipresencial 1.500 €
    Diploma Superior Universitario en Gestión de la Restauración Comercial y para Colectividades Presencial 2.650 €
    Diploma Superior Universitario en Gestión de Empresas Hoteleras Presencial 3.400 €
    Diploma Superior Universitario en Gestión de Eventos Presencial 3.000 €
    Diploma de Especialización en Revenue Management y Marketing Digital Online 900 €
    Curso de iniciación en Sumillería 
    (Certificado de Experto en Fundamentos de la Sumillería)
    Semipresencial 1.100 €

    Sobre el importe de la beca se aplicará una retención del 2% según la Ley 40/1998 del IRPF*.

    *La LIRPF califica las becas como rendimientos del trabajo. En consecuencia, las becas que no estén amparadas por la exención prevista en el artículo 7.j) de la LIRPF (EDL 2006/298871) tendrán la consideración de rendimientos del trabajo, de acuerdo con el artículo 17.2.h) de la LIRPF y, como tales, estarán sujetas a retención a cuenta del IRPF. El cálculo de la retención se efectuará de acuerdo con el procedimiento general establecido en los artículos 80 y siguientes del RIRPF.

    1.5. Criterios de valoración para la adjudicación

    Para la adjudicación de las becas se valorarán los siguientes aspectos:

    • el expediente académico
    • el currículum vitae
    • y la carta de motivación

    1.6. Documentación a presentar

    La documentación que se debe aportar para optar a esta beca es la siguiente:

    • El expediente académico del/de la estudiante, que será incorporado de oficio por la Secretaría Académica.
    • Currículum vitae actualizado.
    • Carta de motivación.

    1.7. Presentación de las solicitudes

    La solicitud deberá presentarse mediante este formulario en línea.

    *El plazo de presentación de solicitudes será del 30 de marzo al 30 de septiembre de 2026.
    *Las solicitudes presentadas del 23 de julio al 31 de agosto se tramitarán a partir del 8 de septiembre de 2026.

    La falta de la documentación requerida podrá comportar la denegación de la solicitud de beca.

    1.8. Resolución

    La Comisión de Becas, formada por miembros del equipo del CETT, será el órgano encargado de valorar las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria.

    Las solicitudes se revisarán mediante cortes quincenales durante el periodo de la convocatoria. La resolución de la beca se comunicará individualmente a las personas solicitantes por correo electrónico en un plazo máximo de 15 días naturales desde la fecha de presentación de la solicitud.

    La matrícula y las tasas de la Universidad de Barcelona deberán abonarse antes del inicio del curso académico, de acuerdo con los plazos establecidos por la universidad.

    El importe total de la beca, una vez deducido el 2% correspondiente según la normativa fiscal vigente, se aplicará sobre el pago único o sobre las cuotas establecidas, según la modalidad de pago escogida por el/la estudiante.

Becas para estudiantes de continuidad

  • Beca de estudios 

    1.1. Objeto

    Facilitar la continuidad de los estudios en el ámbito del turismo, la hotelería y la gastronomía a los estudiantes del CETT con dificultades económicas que demuestren interés y capacidad tanto en la vertiente académica como en la profesional.

    1.2. Destinatarios

    Esta convocatoria se dirige a los estudiantes que durante el curso 2026/2027 cursen segundo curso o cursos superiores de los ciclos formativos de la Escuela Técnica Profesional, así como de los grados universitarios y cursos de extensión universitaria, de la Escuela Universitaria de Hotelería y Turismo CETT-UB.

    1.3. Requisitos

    Para optar a esta beca es necesario:

    • Haber superado todas las asignaturas del curso actual hasta la fecha de cierre de la convocatoria.
    • Haber solicitado para el curso 2026/2027 la Beca General del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes o de la Generalitat de Catalunya.
    • Acreditar la situación económica y familiar, tomando como referencia el umbral 3 de renta de la unidad familiar establecido por la Beca General de la Generalitat o del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
    • No haber sido beneficiario/a de ninguna otra beca o descuento del CETT.

    Las becas y descuentos del CETT no son acumulables, excepto el descuento por pago al contado. En caso de que el estudiante cumpla los requisitos para acceder a más de una beca o descuento, se aplicará únicamente la opción más beneficiosa.

    1.4. Dotación económica

    Los importes de las becas de estudios son:

    a) 1.290 €

    b) 2.550 €

    Sobre el importe de la beca se aplicará una retención del 2% según la Ley 40/1998 del IRPF*.

    *La LIRPF califica las becas como rendimientos del trabajo. En consecuencia, las becas que no estén amparadas por la exención prevista en el artículo 7.j) de la LIRPF (EDL 2006/298871) tendrán la consideración de rendimientos del trabajo, de acuerdo con el artículo 17.2.h) de la LIRPF y, como tales, estarán sujetas a retención a cuenta del IRPF. El cálculo de la retención se efectuará de acuerdo con el procedimiento general establecido en los artículos 80 y siguientes del RIRPF.

    1.5. Criterios de valoración

    Para la adjudicación de las becas se valorarán los siguientes aspectos:

    • La situación económica y familiar (se tomará como referencia el umbral 3 de renta de la unidad familiar establecido por la Beca General de la Generalitat o del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes).
    • El expediente académico.
    • El curso en el que está matriculado el estudiante.
    • Haber obtenido el curso anterior la Beca General del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
    • La formación y experiencia práctica acreditadas.
    • El interés y el grado de motivación por los estudios y la profesión.
    • Los motivos expuestos en el apartado de observaciones de la solicitud.

    1.6. Documentación a presentar

    La documentación que debe aportarse para optar a esta beca es la siguiente:

    • Currículum vitae actualizado.
    • Declaración de la renta y patrimonio correspondientes al último ejercicio de todas las personas miembros computables de la unidad familiar obligadas a presentarla.
    • En caso de no tener obligación de presentar la declaración de la renta, certificado acreditativo correspondiente y justificante de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar.
    • En el caso de personas trabajadoras autónomas, justificante de alta de autónomos y el último recibo de la cuota de autónomos.
    • Si procede, documentación acreditativa de la situación familiar o personal que se quiera hacer constar (pensiones alimenticias, pensión de viudedad, orfandad, contrato o recibos de alquiler de vivienda, certificado de discapacidad, entre otros).
    • El expediente académico del estudiante será incorporado de oficio a la solicitud por la Secretaría Académica.

    1.7. Presentación de las solicitudes

    La solicitud deberá presentarse mediante este formulario en línea.

    El plazo de presentación de solicitudes será del 11 al 22 de junio de 2026.

    Una vez presentada la solicitud, la Comisión de Becas podrá requerir, si lo considera necesario, documentación adicional o la realización de una entrevista en línea para ampliar la información aportada.

    La presentación de documentación incompleta, incorrecta o no acreditativa de los requisitos exigidos podrá comportar la denegación de la solicitud.

    1.8. Resolución

    La Comisión de Becas, formada por miembros de Barcelona Turisme, Ayuntamiento de Barcelona y del CETT (Dirección Económico-Financiera, Career Services y Gestión de Becas), será el órgano encargado de valorar las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria.

    La resolución se comunicará individualmente a los solicitantes por correo electrónico por parte de la Secretaría Académica, entre el 1 y el 2 de julio.

    El importe total de la beca, una vez deducido el 2% correspondiente según la normativa fiscal vigente, se aplicará sobre el pago único o sobre las cuotas establecidas, según la modalidad de pago elegida por el estudiante.

    Contra la resolución, el estudiante podrá presentar una solicitud de revisión ante la Comisión de Becas en el plazo máximo de 8 días a contar desde su notificación, mediante el correo electrónico [email protected]. Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán admitidas.

  • Beca de colaboración para prácticas e investigación

    Curso 2026-2027

    1.Objeto:

    Facilitar el acceso a la formación turística a los estudiantes del CETT-UB de cualquiera de las formaciones oficiales (ciclos formativos, grados, másters universitarios), realizando tareas de colaboración en los diferentes departamentos o unidades de negocio del Grupo CETT.

    2. Destinatarios:

    Alumnos tanto de ciclos formativos como de grado y másters universitarios del CETT-UB.

    3. Requisitos:

    • Estar matriculado/da en alguna de las formaciones oficiales de la EHT o de la EUHT CETT-UB durante el curso académico de colaboración de la beca.
    • No estar en posesión de ninguna titulación académica equivalente a ciclo formativo, grado o máster universitario.

    4. Número de becas y dotación económica:

    A partir del 15 de setiembre y a lo largo del curso académico el departamento de Career Services publica las convocatorias vinculadas a los diferentes departamentos y unidades de negocio del Grupo CETT, a través del Campus Virtual. En el momento de la publicación de cada una de les convocatorias se especificará: departamento que convoca la plaza, requisitos de los candidatos, condiciones (período y horario de la colaboración) y cuantía de la beca.

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Si aún tienes dudas, contacta con nosotros y una persona de nuestro equipo de Orientación al Futuro Estudiante se pondrá en contacto contigo para resolver tus preguntas.

Alexandra Miquel - Equip d'orentació a l'Estudiant - OFE - CETT

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Diego Oropeza OFE CETT

Diego Oropeza

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