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Beca Grado de Negocio Digital e Innovación en Turismo

Beca para el Grado de Negocio Digital e Innovación en Turismo en colaboración con la Organización Mundial del Turismo (OMT)

Beca CETT_OMT

1.1. Objeto:

El objetivo de esta beca es identificar y atraer talento joven motivado para desarrollar su carrera profesional al ámbito del turismo y la digitalización, lo cual forma parte de la agenda de trabajo entre el CETT-UB y dicho organismo de las Naciones Unidas.

1.2. Destinatarios:

Estudiantes de Bachillerato o de Ciclo Formativo de Grado Superior que accedan en la universidad por primera vez y que quieran cursar el primer año del Grado de Negocio Digital e Innovación en Turismo del CETT.

1.3. Requisitos:

  • Haber solicitado en primera preferencia el grado en la primera convocatoria de la preinscripción universitaria 2024.
  • En caso de estudiantes de Bachillerato: tener una nota de acceso en la universidad igual o superior a 7,5.
  • En caso de estudiantes de Ciclo Formativo de Grado Superior: tener una nota media del expediente académico del Ciclo Formativo igual o superior a 7,5.
  • No haber sido beneficiario/aria de ninguna otra beca de la CETT Fundación ni descuento para el curso 2024/2025. En caso contrario, se aplicará el importe de la beca o del descuento que sea más beneficioso para el alumno/a.

1.4. Dotación económica:

Se convocan dos becas para el primer curso de Grado de Negocio Digital e Innovación en Turismo. El importe de cada beca corresponderá al 25% del importe total del curso académico 2024/2025, a excepción de la matrícula y las tasas universitarias.

Sobre el importe de la beca hay que aplicar una retención del 2% según la Ley 40/1998 del IRPF*.

*La LIRPF califica las becas como rendimientos del trabajo. En consecuencia, las becas que no resultan amparadas por la exención del artículo 7 j) de la LIRPF (EDL 2006/298871), tendrán la consideración de rendimientos del trabajo de acuerdo con el artículo 17.2 h) de la LIRPF) y, como tales, estarán sujetos a retención a cuenta del IRPF. Para el cálculo de la retención se estará al procedimiento general establecido en los artículos 80 y siguientes del RIRPF.

1.5. Criterios de valoración para la adjudicación:

Para la adjudicación de las becas se tendrán en cuenta:

  • Mejor expediente académico
  • Situación económico-familiar (se tendrá en cuenta los umbrales de Renda de la Unidad Familiar de las Becas del Ministerio de Educación Formación Profesional)
  • Currículum vitae
  • Los motivos expuestos en el apartado de OBSERVACIONES de la solicitud

1.6. Documentación a presentar:

El alumno/a deberá rellenar online la solicitud de la beca (ver punto 1.7), donde deberá incluir la siguiente documentación escaneada:

  • Fotografía

  • Documento identificativo (DNI; NIE, Pasaporte)

  • Estudiantes de Bachiller: certificado donde conste la nota media de acceso a la universidad.

  • En el supuesto de haber cursado estudios en el extranjero será imprescindible adjuntar la equivalencia de nota media de estudios universitarios realizados en centros extranjeros como se indica en la WEB del Ministerio.

  • Comprobante de la Preinscripción Universitaria donde conste la solicitud del Grado de Negocio Digital e Innovación en Turismo en primera preferencia.

  • Currículum Vitae

  • Declaración de Renta y Patrimonio completas correspondientes al último ejercicio de todos los miembros computables de la unidad familiar obligados a presentarla. En el caso de no tener obligación de presentarla, será necesario adjuntar certificado acreditativo.

  • En el caso de Autónomos, adjuntar el documento acreditativo de los resultados de sus actividades (IRPF de actividades económicas del último año, las 4 últimas declaraciones trimestrales del IVA, etc).

  • Según situación familiar, la documentación justificativa (pensiones alimentarias por separaciones, pensión de viudedad, orfandad, alquiler de vivienda, certificado de discapacidad, etc.).

1.7. Presentación de las solicitudes:

Del 19 de junio al 1 de julio de 2024.

La solicitud deberá presentarse a través del siguiente formulario on-line*.

*(Formulario activo a partir del primer día del período de presentación de solicitudes).

En dicha solicitud se deberá adjuntar toda la documentación requerida.

Toda solicitud de beca que no vaya acompañada de la documentación justificativa implicará la denegación de la misma.

Una vez presentada la solicitud, la Comisión de Becas podrá solicitar al estudiante, si lo considera necesario, tanto la presentación de documentación relacionada con la solicitud de la beca como la posibilidad de una entrevista on-line para ampliar la información.

1.8. Resolución:

La adjudicación de las becas se efectuará en función del cumplimiento de los requisitos y hasta que la dotación global quede asignada.

La Comisión de Becas, formada por miembros de Barcelona Turisme, Ajuntament de Barcelona y del CETT (Gerencia, Career Services i Gestión de Becas), comunicará vía correo del Campus Virtual y de forma individualizada los solicitantes la resolución no más tarde del día 29 de julio del 2024.

La beca se hará efectiva siempre que se efectúe la matrícula del curso 2024/2025 en las fechas establecidas.

En caso de no conformidad con la resolución de la beca solicitada, el/la estudiante podrá pedir revisión, a través del Campus Virtual del CETT (CETT Fundació) a la Comisión de Becas en un plazo máximo de 8 días a partir de la notificación. Cualquier petición de revisión pasado este plazo NO será aceptada.